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Lunes 5 de octubre de 2015 Cada vez que leo lo de repunte de la construcción me echo a temblar. La vivienda vacía en España sigue vacía, claro. |
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Miércoles 7 de octubre de 2015 La definición de diálogo en España consiste en "aguantaré un rato a que este pelmazo suelte sus insensateces". Escuchar jamás ha entrado en los planes de nadie. |
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Jueves 8 de octubre de 2015 Van haciendo balance de estos tres meses y pico. Ellos parecen contentos. |
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Viernes 9 de octubre de 2015 Trabajo (muy) temporal y (muy) mal remunerado. Es la mayoría del trabajo que hay. Con suerte. Con suerte para el que consigue mano de obra esclava, quiero decir. |
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Sábado 10 de octubre de 2015 El chiste del perro Mistetas. Yo creo que fue el primero que oí y creo que todavía no lo entiendo del todo. ¿Al final encuentran al perro? |
Artículo 1964 (del Código Civil)
1. La acción hipotecaria prescribe a los veinte años.
2. Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.
1. La acción hipotecaria prescribe a los veinte años.
2. Las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan.
*Modificado por la disposición final 1 de la Ley 42/2015, de 5 de octubre de 2015. Ref. BOE-A-2015-10727: